Una Estratagema Inédita

No cabía duda de que Montie Stein había robado, valiéndose de un fraude inteligente, más de 100.000 dólares. Tampoco cabía la menor duda de que le habían detenido al día siguiente de haber expirado el estatuto de limitaciones.

Fue su manera de evitar el arresto durante ese intervalo lo que provocó el caso memorable del Estado de Nueva York contra Montgomery Harlow Stein, con todas sus consecuencias. Introdujo la ley en la cuarta dimensión.

Porque sepan ustedes que, después de cometer el fraude y apoderarse de cien de los grandes o más, Stein entró tranquilamente en una máquina del tiempo que poseía ilegalmente, y dispuso los controles hacia el futuro para avanzar siete años y un día.

El abogado de Stein lo expuso con sencillez. Ocultarse en el tiempo no era fundamentalmente diferente a ocultarse en el espacio. Si las fuerzas de la ley no habían descubierto a Stein en el intervalo de esos siete años, mala suerte para ellos.

El fiscal del distrito señaló que el estatuto de limitaciones no estaba pensado para que fuera un juego entre la ley y el criminal. Era una medida de clemencia ideada para proteger al delincuente del miedo indefinidamente prolongado al arresto. Para ciertos crímenes, determinado período de aprensión a la aprehensión -por así decirse consideraba castigo suficiente. Pero Stein, insistía el fiscal, no había sufrido período de aprensión de ninguna clase.

El abogado de Stein permaneció inconmovible. La ley no decía nada sobre que hubiera que medir la magnitud del miedo y angustia del culpable. Simplemente establecía un límite de tiempo.

El fiscal del distrito dijo que Stein no había vivido hasta ese límite.

La defensa afirmó que Stein era siete años más viejo que en el momento del crimen, y que, por tanto, había vivido hasta ese límite.

El fiscal del distrito recusó la afirmación y la defensa presentó el certificado de nacimiento de Stein. Había nacido en el año 2973. Cuando cometió el delito, era el año 3004, tenía treinta y un años. Ahora, en 3011, tenía treinta y ocho.

El fiscal del distrito exclamó acalorado que Stein no tenía fisiológicamente treinta y ocho años, sino treinta y uno.

La defensa señaló fríamente que la ley, una vez que se admitía que el individuo era mentalmente sano, reconocía tan sólo la edad cronológica, que sólo se podía hallar restando la fecha de nacimiento a la fecha presente.

El fiscal, aún más acalorado, juró que si a Stein se le permitía salir libre, la mitad de las leyes escritas en los códigos resultarían inútiles.

Entonces cambien las leyes, dijo la defensa, para tener en cuenta los viajes en el tiempo. Pero hasta tanto se cambien, hay que aplicarlas como están escritas.

El juez Neville Preston tardó una semana en considerarlo, y luego entregó su decisión. Marcó un hito decisivo en la historia del Derecho. Es una pena, pues, que algunas personas sospechen que el juez Preston se sintiera influido en su criterio por el irresistible impulso de formular su decisión tal como lo hizo.

Porque esa decisión, en suma, fue:

«A Stein le salva un nicho en el tiempo.»

EPILOGO

Si esperan que me excuse por esto es que no me conocen. Estimo que un juego de palabras es la forma más noble del ingenio, así que…